miércoles, 23 de febrero de 2011

A la espera de la decisión de la Corte


La Corte Suprema de la Nación deberá resolver si el Estado nacional tiene facultades para designar a sus representantes en Papel Prensa, luego de que el secretario de Comercio Interior, Guillermo Moreno, apelara la decisión de la Cámara Comercial que le impidió seguir desarrollando sus funciones en la compañía.

El funcionario apeló ante la Corte la resolución de la Sala C de la Cámara Comercial del pasado 17 de diciembre de 2010, que le impidió seguir desarrollando sus funciones en Papel Prensa SA como representante del Estado Nacional.

En aquel fallo los jueces le prohibieron a Moreno no sólo participar de las asambleas de accionistas sino también entrar al edificio, impidiendo así que éste continuara con sus funciones como representante del Estado Nacional.

Según el Recurso Extraordinario presentado el 11 de febrero de 2011, la medida adoptada por los jueces José Luis Monti, Alfredo Kolliker Frers y Juan R. Garibotto hace caso omiso a las atribuciones otorgadas a Moreno por normas de rango superior al propio estatuto social.

Esas normas son la Ley N° 24.156, Decreto N° 43/71, N° 1309/72, N° 6956/72 y N° 4651/73, para la debida defensa del Estado como tenedor del 27,46% de las acciones de Papel Prensa SA.

“Los jueces no tienen facultades para dejar sin efecto el decreto por el cual la Presidenta designó a Moreno como representante del Estado en Papel Prensa”, afirmó el abogado Ricardo Nissen, especialista en derecho comercial.

La exclusión de Moreno no sólo sería ilícita sino que además perjudica el resguardo de los derechos del Estado como accionista de la empresa, por lo que los jueces sumaron así un nuevo obstáculo en el debido control y fiscalización de la empresa de la cual dependen la mayoría de los medios gráficos de la Argentina.

La decisión de la Sala C convalida el intento de los accionistas privados –Clarín y La Nación– de evitar que el Estado tenga un rol activo en el control del monopolio del papel de diario.

La protección del interés público está reforzada con el contrato complementario suscripto el 14 de mayo de 1973 por el Gobierno nacional y los accionistas privados de la firma que ejerce la monopolización del papel de diario.

Por ese convenio los socios privados con mayoría accionaria, cedieron su derecho político de voto para la designación por parte del Estado nacional de la mayoría de los síndicos y se obligaron “a ejercer su poder de voto cuando se los cite para tratar cualesquiera de los casos a que se refiere el artículo 235 de la ley de sociedad comerciales, previo acuerdo con el Ministerio de Industria”.

Ese artículo se refiere a las asambleas extraordinarias y a la competencia que tienen esas reuniones de accionistas para modificar tanto el estatuto como el capital de la sociedad.

Del recurso presentado por Moreno el pasado 11 de febrero se puede inferir que el desconocimiento manifestado por la Sala C de la Cámara Comercial respecto de los derechos accionarios del estado argentino, promueve la pretensión de Clarín y La Nación de imponer una integración del directorio de la empresa exclusivamente favorable a sus intereses.

Ese fue el punto que confrontó a los accionistas privados con el Estado en el transcurso de la asamblea del 12 de agosto de 2010, reunión que debió suspenderse a raíz de la negativa de Moreno de permitir que los accionistas privados persistieran en las mismas conductas irregulares que condujeron a la intervención de la empresa dictada por el juez Eduardo Malde.

Esa intervención fue revocada por Monti, Kolliker Frers y Garibotto, omitiendo dar vista a la fiscal general que interviene en la causa.

El fallo apelado por el representante del Estado se suma a una larga cadena de irregularidades consumadas por Clarín y La Nación en el caso de Papel Prensa según informes y denuncias de la Sindicatura General de la Nación y de representantes del Estado nacional en la empresa.

Los jueces cuestionados por su insólita interpretación de las leyes, según la cual una resolución judicial puede anular un Decreto, mantienen desde el inicio del litigio una conducta en el tratamiento del conflicto desatado por Clarín y La Nación en Papel Prensa que ha sido cuestionada por el Procurador General de la Nación, Esteban Righi, en dos presentaciones hechas ante el Consejo de la Magistratura con conocimiento de la Corte Suprema.

De ser aceptado el recurso extraordinario, la Corte tendrá más elementos para evaluar la reprochada actuación de la Sala C en el caso.

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