viernes, 23 de noviembre de 2007

El lado B de la historia: Juan José Castelli


Hombres de ideas

El 25 de mayo de 1811, a un año de la revolución de Mayo, Juan José Castelli, al mando de las fuerzas libertadoras en el Alto Perú, en la puerta del solar del Tiwanaku (a metros del lago Titicaca en la actual Bolivia) anuncia el fin de la servidumbre indígena declarando “todos somos iguales en esta tierra” y proclama la unión fraternal de los criollos con los indios. Era la reivindicación de un pueblo explotado y el nacimiento de un gobierno del pueblo y para el pueblo.


El historiador aymará Ramiro Reynaga define así a Castelli: “Es un criollo extraño que insiste en restaurar el Tawantinsuyu, el imperio incaico como lo llaman. Busca a los qheswaymaras armados para aliarse con ellos y habla con franqueza de los derechos de los indios”.

De este modo, el revolucionario olvidado le devolvía su dignidad a la gente postergada. Acción valiente y comprometida que se convierte, a la vez, en signo de la crueldad de la historia de nuestra América: tapar la verdad para que nadie retome sus banderas. La verdad de un gran hombre y la verdad y la justicia de una restauración. Pero el pueblo, como el agua, alguna vez vuelve a surgir inevitablemente a la superficie.

Para Castelli, la noción de derecho natural coloca a todos los hombres en situación de igualdad ante la ley, sin distinción de raza u origen. Así, el derecho es la expresión de la dignidad con la cual la naturaleza ha dotado a todos los hombres por igual. Y por esta causa, se derogan todos los abusos perjudiciales a los naturales como cargas e imposiciones indebidas, se les da tierras y se piensa en su formación creándose escuelas para ellos. En estos conceptos se apoya para formular el fin de la servidumbre indígena determinando que los derechos recuperados no son sólo sociales sino también políticos.

Con este fin les otorga el derecho a representación y establece la libre elección de los caciques por sus comunidades y la eliminación de los privilegios de propiedad o sangre que gozaban sus jefes. En un mismo tono, ordena la realización de elecciones libres por parroquia para designar un diputado indígena en el congreso general de las provincias del antiguo virreinato. De este modo, son reconocidos los indios como ciudadanos de un Estado, sin decretar la supresión de la comunidad indígena aunque ordenando mecanismos de democratización interna. Porque cuando se reconoce el origen de cada persona y se respeta su derecho a pertenecer a una comunidad se lo reconoce también como ciudadano.

Así, en Tiawanaku, Castelli proclamaba: “En este caso se consideran los naturales de este distrito que por tantos años han sido mirados con abandono y negligencia, oprimidos y defraudados en sus derechos y en cierto modo excluidos de la misma condición de hombres que no se negaba a otras clases rebajadas por la preocupación de su origen. Así es que después de haber declarado el gobierno superior con la justicia que reviste su carácter que los indios son y deben ser reputados con igual opción que los demás habitantes nacionales a todos los cargos, empleos, destinos, honores y distinciones por la igualdad de derechos de ciudadanos, sin otra diferencia que la que presta el mérito y aptitud”.

El compromiso de este revolucionario de Mayo iba más allá de las palabras y toma más significación en su acción. Esto sucede porque era un convencido de lo que hacía y así lo afirmaba: “amo todo lo americano, respeto sus derechos y tengo consagrada mi existencia a la restauración de su inmunidad”. Su concepto de revolución se desarrolla a partir de la noción ideal del derecho, lo que explica su idealismo republicano y el modo entrañable con el que se vinculaba con el pueblo. Cuando se despliega el proceso en su contra por su conducta pública y militar son reiterados los relatos donde se señala el trato cordial y cariñoso expresado por Castelli a los indios.

El coronel José León Domínguez señala, por ejemplo, que “los recibía benignamente, los acariciaba, alzándolos del suelo donde se postraban según su antigua costumbre, los abrazaba y decía que éramos hermanos e iguales”. Y aunque según Noemí Goldman “el sufragio indígena junto a las demás medidas en favor de los indios no tuvieron efectos jurídicos inmediatos”, su proclamación fue suficiente para alarmar a las clases altas alto peruanas.

Si a esto se suman las medidas represivas ordenadas por Castelli no sólo contra los opositores españoles, sino igualmente contra los sospechosos, no es difícil imaginar los temores despertados en las élites criollas y peninsulares. Por cierto, y retomando los términos de Tulio Halperín Donghi, “el Alto Perú no sabía si había sido liberado o conquistado por las tropas porteñas”.

Sospechas y alarmas que nos hacen suponer que a Castelli lo pararon los poderes de turno que veían en su accionar revolucionario el fin de sus prebendas. Por eso lo persiguieron y lo juzgaron. Su angustia fue tal que murió de un cáncer de lengua. Final cruel y paradójico para quien fuera la voz de la Revolución de Mayo.

Castelli textual

“Ningún tirano haría progresos si no hubieren malvados que conducidos por el egoísmo y arrastrados por el torrente de la pasiones antisociales, no sirviesen de apoyo al trono erigido por los déspotas entre las ruinas de la virtud y derechos más augustos del hombre”.

“Sabed que el gobierno de donde yo procedo solo aspira a restituir a los pueblos su libertad civil y que vosotros bajo su protección viviréis libres gozando en paz juntamente con nosotros esos derechos originarios que nos usurpó la fuerza. En una palabra, la junta de la capital os mirará como a hermanos, y os considerará como iguales, éste es todo su plan, y jamás discrepará de él mi conducta”. “Si el Pueblo es el origen de toda autoridad, y el magistrado no es sino un precario ecónomo de sus intereses, es un deber suyo manifestar los motivos que determinan sus operaciones”.

“Un corazón formado en la intriga y habituado al crimen no puede ocultar por mucho tiempo el veneno que lo alimenta, y aunque la explosión de su malicia se dilata algunas veces, al fin se descubre sus progresos” “La muerte será la mayor recompensa de mis fatigas, cuando haya visto ya expirar a todos los enemigos de mi patria, porque entonces nada tendrá que desear mi corazón, y mi esperanza quedará en una eterna apatía, al ver asegurada para siempre la libertad del Pueblo Americano”.

Su Vida

Nació en Buenos Aires el 19 de julio de 1764. Estudió filosofía en el Real Colegio de San Carlos y en el Colegio Montserrat de Córdoba. Se recibió de abogado en la Universidad de Charcas. Era primo y amigo de Manuel Belgrano, quien lo designó como suplente de la secretaría del Consulado en 1796. Junto a Belgrano, Rodríguez Peña y Vieytes, fue uno de los precursores de la Revolución de Mayo. Castelli fue comisionado para intimar al Virrey Cisneros a que cesara en su cargo y fue el encargado de defender la posición patriota en las sesiones del Cabildo del 22 de Mayo de 1810. Fue nombrado vocal de la Primera Junta, organismo que le encargó la represión de la contrarrevolución de Liniers en Córdoba donde actuó con toda energía fusilándolo al ex virrey y a sus cómplices.

Luego se le encomendó la misión de ocupar el Alto Perú, donde impuso un gobierno revolucionario que ejecutó a varios funcionarios reales. Castelli pactó una tregua con los realistas que éstos no cumplieron y sorprendieron traicioneramente a las fuerzas criollas derrotándolas en Huaqui el 20 de junio de 1811. De regreso a Buenos Aires el Triunvirato lo procesó y encarceló. El "orador de la revolución" morirá de un cáncer en la lengua el 12 de octubre de 1812.

Fuente: www.elhistoriador.com.ar. Felipe Pigna


Bibliografía

- Golman, Noemí. Historia y lenguaje, Los discursos de la Revolución de Mayo. Buenos Aires, Centro Editor de América Latina, 1992.

- Chaves, Julio César Castelli. El adalid de Mayo. Buenos Aires, Leviatán, 1957.

- Pigna, Felipe. Los mitos de la historia argentina. Buenos Aires, Grupo Editorial Norma, 2003.

www.causapopular.com.ar/article1796.html

Por Roberto Koira, especial para Causa Popular.


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