Política&Medios entrevistó a uno de sus abogados, Mariano Gaitán, quien explicó que la estrategia de la entidad es esperar que se realicen los análisis de todas las muestras de ADN y si de estas no se obtiene ningún resultado, se pedirá una nueva extracción de sangre según marca la ley 26. 549.
Como hace rato que no se habla del tema, daba la sensación que de la causa de la identidad de Felipe y Marcela Noble estaba paralizada. Por esta razón, P&M charló con el abogado de Abuelas de Plaza de Mayo Mariano Gaitán.
¿En la actualidad del caso de los hijos adoptivos de Ernestina Herrera de Noble en qué etapa está?
Abuelas tiene tomada una decisión en función del pedido que ha hecho la fiscal Rita Molina. Nosotros hicimos una presentación el 26 de agosto para que la jueza analice las muestras de sangre que habían dado voluntariamente Marcela y Felipe Noble Herrera en el cuerpo médico forense. Y que se determine si esas muestras todavía sirven para hacer el estudio de ADN. Cumplido ese paso, luego lo entrecruzara con los perfiles que se encuentran en el Banco Nacional de Datos Genéticos. Lo que planteamos es que si todas las muestras anteriores no sirven, ya se han agotado todas las instancias y se puede pedir otra muestra de sangre o saliva.
¿Ahí se podría aplicar la ley que ampara una nueva extracción sangre?
Eso es el estándar que a fijado la Corte Suprema, después del fallo Prieto del año pasado y que fue regulado por el Congreso con la ley 26.549. Donde artículo 218.bis del Código Penal establece que en el caso de las víctimas que se nieguen a dar una muestra, primero se deben agotar todos los medios disponibles, es decir de allanamiento y requisa y después de ahí, si no se ha podido averiguar la verdad por esos medios, realizar la extracción de sangre.
Esto es mostrar la voluntad de que Abuelas agotó todas las instancias de la ley para pedir la extracción de sangre.
Exactamente, esas son las exigencias que fijó la Corte con el fallo Prieto. Es lo que está regulado en la ley. Nosotros lo que hicimos, es mostrarle a la jueza que se han realizado parte de esos medios, pero que queda agotar todas las instancias de realizarla con la sangre que ellos dieron y que está muy sospechada. A partir de que no podamos obtener ningún resultado, porque las muestras hayan sido contaminadas o por el paso del tiempo se hayan estropeado, la única vía que queda disponible, que está aparada por la Corte Suprema y regulada por la ley, es obtener una muestra nueva. Aunque ellos (Felipe y Marcela) no quieran.
Entonces falta ese paso.
La Jueza tiene que tomar la decisión de cómo avanzar en la causa, porque lo que hicimos nosotros fue una petición como una de las partes involucradas. Lo que falta ahora es que la jueza decida que medida va a adoptar y que se ejecute. Seguramente va a ser apelada por los abogados de Ernestina de Noble, que quieren evitar cualquier medio que esto avance. Nosotros lo que estamos esperando ahora que ella tome la decisión. Y sabemos que estos días que está demorada a raíz de unas medidas de prueba que ella tomó y unos oficios que tenía que cotejar, para reunir todos los elementos para poder tomar una medida.
¿En la actualidad del caso de los hijos adoptivos de Ernestina Herrera de Noble en qué etapa está?
Abuelas tiene tomada una decisión en función del pedido que ha hecho la fiscal Rita Molina. Nosotros hicimos una presentación el 26 de agosto para que la jueza analice las muestras de sangre que habían dado voluntariamente Marcela y Felipe Noble Herrera en el cuerpo médico forense. Y que se determine si esas muestras todavía sirven para hacer el estudio de ADN. Cumplido ese paso, luego lo entrecruzara con los perfiles que se encuentran en el Banco Nacional de Datos Genéticos. Lo que planteamos es que si todas las muestras anteriores no sirven, ya se han agotado todas las instancias y se puede pedir otra muestra de sangre o saliva.
¿Ahí se podría aplicar la ley que ampara una nueva extracción sangre?
Eso es el estándar que a fijado la Corte Suprema, después del fallo Prieto del año pasado y que fue regulado por el Congreso con la ley 26.549. Donde artículo 218.bis del Código Penal establece que en el caso de las víctimas que se nieguen a dar una muestra, primero se deben agotar todos los medios disponibles, es decir de allanamiento y requisa y después de ahí, si no se ha podido averiguar la verdad por esos medios, realizar la extracción de sangre.
Esto es mostrar la voluntad de que Abuelas agotó todas las instancias de la ley para pedir la extracción de sangre.
Exactamente, esas son las exigencias que fijó la Corte con el fallo Prieto. Es lo que está regulado en la ley. Nosotros lo que hicimos, es mostrarle a la jueza que se han realizado parte de esos medios, pero que queda agotar todas las instancias de realizarla con la sangre que ellos dieron y que está muy sospechada. A partir de que no podamos obtener ningún resultado, porque las muestras hayan sido contaminadas o por el paso del tiempo se hayan estropeado, la única vía que queda disponible, que está aparada por la Corte Suprema y regulada por la ley, es obtener una muestra nueva. Aunque ellos (Felipe y Marcela) no quieran.
Entonces falta ese paso.
La Jueza tiene que tomar la decisión de cómo avanzar en la causa, porque lo que hicimos nosotros fue una petición como una de las partes involucradas. Lo que falta ahora es que la jueza decida que medida va a adoptar y que se ejecute. Seguramente va a ser apelada por los abogados de Ernestina de Noble, que quieren evitar cualquier medio que esto avance. Nosotros lo que estamos esperando ahora que ella tome la decisión. Y sabemos que estos días que está demorada a raíz de unas medidas de prueba que ella tomó y unos oficios que tenía que cotejar, para reunir todos los elementos para poder tomar una medida.
Roberto Koira
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